Dicta TEDF causales de nulidad para voto de mexicanos en el extranjero
Con ello se busca garantizar certeza jurídica y atención oportuna a las controversias.
La anulación de los sufragio sólo procederá cuando se acredite que las irregularidades demandadas son determinantes para el resultado de la votación. Foto: Notimex
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El Tribunal Electoral del Distrito Federal TEDF aprobó en tiempo y forma el acuerdo que establece las causales de nulidad del voto de los mexicanos en el extranjero por la vía postal, para elegir jefe de gobierno capitalino.
En cumplimiento con su obligación legal el órgano jurisdiccional estableció que la anulación de los sufragios sólo procederá cuando se acredite que las irregularidades demandadas son determinantes para el resultado de la votación.
Para ello, quienes se consideren afectados por los resultados de la votación, el escrutinio y cómputo de la misma deberán presentar los medios de impugnación establecidos en la Ley Procesal Electoral para el Distrito Federal.
Con ello se busca garantizar certeza jurídica y atención oportuna a las controversias que pudieran generarse en la elección y se protegerán los principios de secrecía, libertad y emisión directa y universal del sufragio de los capitalinos en el exterior.
En el documento, que ya se envió al Instituto Electoral del Distrito Federal IEDF, se establecen las causales para anular los sufragios enviados desde el extranjero, así como para el recuento de votos y la anulación de votación de partido o coalición en casilla.
De acuerdo con la votación emitida vía postal por los chilangos” residentes en el extranjero y recibida en una mesa directiva de casilla se instalará una por cada 750 sobres-votos, será nula cuando se acrediten circunstancias que afecten las garantías del voto libre, secreto, directo y universal.
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CMM
