Se acabaron los abusos de fotomultas, ¡ya podrás defenderte!
Gracias a un juez quien declaró inconstitucional el cobro.
Juez declara institucional el cobro de fotomultas.
/
Un juez declaró inconstitucional el cobro obligado de fotomultas sin una audiencia previa para que los ciudadanos infraccionados puedan defenderse.
El juez octavo de distrito, Fernando Silva García, indicó que los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la capital, violan el derecho fundamental de audiencia previa, conforme a los postulados del artículo 14 constitucional.
[comments]
Silva García aseguró que en países como Argentina, Colombia, Portugal, Venezuela y España, sí se respeta el derecho fundamental de audiencia previo a la imposición de una infracción de tránsito con el fin de que el ciudadano pueda exponer las causas por las que tiene la multa, como alegaciones en contra de los instrumentos de medición, alguna causa de justificación, entre otras.
[/comments]
Esto derivó de un amparo que se le otorgó a un capitalino que no pudo verificar su auto después de que en el verificentro le notificaran que tenía multas sin pagar, misma de las que no fue avisado previamente el afectado.
[comments]
Ahora, la autoridad deberá atender los alegatos del quejoso antes de cobrarle, pues el hombre asegura que los radares viales no son precisos para captar la velocidad en que circula un coche.
[/comments]
El derecho de audiencia previa sólo se otorgará después de que esté decidido el carácter de la infracción y que haya sido determinada e impuesta la sanción.
KP
