¡No lo dejes desamparado! Tu perrito o gatito en tu testamento
Este Martes de TVNotas te contamos la importancia de incluir a tu peludo en tu testamento y cómo hacerlo en México.

Perrito con contrato
/Freepik
Ser responsable de tu peludo va hasta cuando ya no estás en este plano terrenal. Lo más apropiado es prevenir lo que pueda pasar con los seres que dependen de ti en vida si no cuentan con tu apoyo económico cuando ya no estés aquí.
Es muy importante concientizar sobre la necesidad de dejar por escrito el destino de tus bienes materiales y de aquellos con valor sentimental. Para quienes han incorporado a un peludito a sus familias, sea perro, gato, hurón, puerquito..., es buena idea incluirlo en su testamento.
Con esto se asegura que, al partir, alguien se hará cargo de él y que incluso tenga una despedida digna cuando le llegue su tiempo.
Protege a tu mascota con un testamento
El testamento es un documento legal en el que una persona establece cómo desea que se distribuyan sus bienes tras su fallecimiento. Sin éste, es imposible conocer las intenciones del difunto.
En el caso de los peludos, que tienen un papel cada vez más importante en la vida de las familias, convirtiéndose en “perrijos” y “gatijos”, es recomendable especificar quién se hará cargo de ellos, con previo acuerdo del heredero o albacea. Este documento ofrece tranquilidad al tutor, asegurando que sus seres queridos, incluyendo sus mejores amigos de compañía o de servicio, están en buenas manos.
Con esto previenes problemas o dejar en desgracia a tu peludo.
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Designa un heredero para tu peludo
El abogado Adrián Sánchez nos dijo: “En México, los peludos están considerados bienes muebles, por lo que no tienen capacidad de heredar. Lo que se hace para protegerlos es designar un heredero que se encargue del cuidado y el bienestar de la mascota”.
“Cuando la persona hace su testamento y decide proteger a su mascota, se integra una cláusula en la que se designa a un heredero que se encargue del bienestar cuidado de la mascota. La persona debe considerar quién es el más apto y responsable. Es algo que debe pactar para que el designado acepte la responsabilidad. También se establece un fondo económico para el cuidado, mantenimiento y alimentación de la mascota”.
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¿Cómo funciona?
El albacea, al ser encargado de toda la supervisión y administración de los bienes muebles e inmuebles, se compromete a la revisión y supervisión de que ese fondo económico sea destinado para la mascota de manera efectiva. Tendrá que estar al pendiente del bienestar del peludo. Si no está en las condiciones deseables, puede designar a otra persona. El albacea representa a la persona fallecida”.
“Actualmente, es poco común que los testamentos incluyan a las mascotas. Puede que el designado tenga que poner de su bolsillo por no tener los fondos suficientes. Comenzar a hacerlo es un acto de inclusión”.
“En la cláusula del testamento se tiene que especificar la raza de la mascota, nombre, color, peso, edad, si tiene chip, pedigree, etc. También se establece si el fondo económico se deja en efectivo, en sobre cerrado, cuenta bancaria o transferencia”.
“Si la mascota tiene un seguro o plan funerario pagado también se debe establecer en el testamento y la certeza, en el caso del seguro, de si se podrá seguir pagando en el futuro con los recursos destinados”.
EN SUMA, ES IMPORTANTE QUE, EN EL CASO DE QUE YA NO ESTÉS EN ESTE PLANO, DEJES PROTEGIDO A TU FIEL AMIGO Y QUE NO QUEDE DESAMPARADO Y, LITERALMENTE, EN LA CALLE.
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